Investigación en movimiento

Ciencia e investigación de la UNLa

Protección y promoción de la infancia en Buenos Aires

La gobernación de Manuel Fresco en la provincia (1936-1940)

Agosto 2023

“Tanto en el ejercicio de mi profesión, como en mis preocupaciones de político y de mandatario, he tenido ocasión de comprobar las deficientes medidas con que la sociedad y las autoridades públicas se han preocupado del pavoroso problema social que implica dejar sin la debida protección a la niñez desamparada o enferma, al escolar mal alimentado, a la madre grávida, al atacado por los flagelos de la tuberculosis, de la lúes, de la ceguera y de los otros males que diezman o inutilizan a una enorme masa de población”. Manuel Fresco al inaugurar el Primer Congreso de Higiene Escolar, noviembre de 1937.

El gobernador Manuel Fresco encaró una reforma integral del sistema de protección de la infancia bonaerense. Como resultado de cuatro años de política pública, el Poder Ejecutivo  consideró que “se ha conseguido crear una conciencia social de la magnitud del problema, asignándole al desamparo de la niñez toda la gravedad que tiene, y elevándolo del terreno limitado e inorgánico de la actividad privada, al rango que le corresponde en la tarea que incumbe al Estado moderno. Se ha encarado la labor con un criterio científico (…) un frío precepto legal se transforma, al exteriorizarse, en la cálida manifestación de vida que trasuntan los niños, sanos y alegres en el aprendizaje y en el juego, preparándose para ser hombres útiles a la sociedad y a la patria” (Cuatro Años de Gobierno 1940, VI: 202-203).

La tarea de protección de la infancia se integró a una reforma integral de las políticas públicas de educación, del deporte, la cultura y del funcionamiento de las instituciones de menores bonaerenses. En este marco, la gestión de Fresco hizo hincapié en el cuidado de los niños y de los jóvenes de bajos recursos. El día 11 de septiembre de 1937 el gobernador sostuvo que “Hemos debido promover la acción social con iniciativas encaminadas al necesitado, mediante el fomento de la cooperación vecinal, la implantación de comedores infantiles y la organización de colonias de vacaciones (…) Alimentación, cultura física y espiritual son conceptos correlativos que se complementan en la formación del hombre. Prescindir de alguno de ellos significa desintegrar la unidad psico-física del individuo, alterando el equilibro del tipo humano” (Conversando con el Pueblo 1940, V 1: 354).

La Dirección General de Protección a la Infancia de la Provincia de Buenos Aires

“La ley 4547 llamada de protección a la Infancia. Obra hermosa, de significación patriótica y humanitaria. Se trata nada menos que de salvar a esta generación infantil de las asechanzas, peligros, corruptelas y miserias del abandono y pauperismo. Pero la protección de la infancia no está solo en la ley; funciona, y funciona bien. En este momento hay 9853 menores sometidos al control directo del gobierno, a un régimen de tutela y educación moral (…) La Defensoría General de Menores, las Defensorías de Partido, el Instituto Gambier, el Calderón, el Reformatorio de La Plata, la Sección Mujeres Menores de Olmos, que ha pasado a depender de la dirección general citada, y los institutos privados controlados, desarrollan hoy bajo el régimen centralizado de dicha ley, un profundo plan orgánico de asistencia social. Al mismo tiempo, estamos organizando los tribunales de menores en toda la provincia. Pero no se puede salvar y proteger a la infancia abandonada si no hay locales decorosos y adecuados para darles albergue, educación e higiene. Hemos dispuesto un plan de construcciones”. Manuel Fresco, mayo de 1938

Con la ley 4547/37 y con los decretos reglamentarios 866 y 868 se organizó la Dirección General de Protección a la Infancia de la Provincia de Buenos Aires. Según la documentación oficial de la gobernación la iniciativa implicó “ser el primer Estado argentino que ha estructurado jurídicamente el pensamiento científico[1], abonado por la práctica y plasmado en el libro y la cátedra, creando los instrumentos adecuados para una política de prevención social y educación pública, reglamentando el ejercicio del patronato del Estado provincial” (Cuatro Años de Gobierno 1940, VI: 199-200).

La Dirección tenía dependencia del Ministerio de Gobierno y el artículo 1 de la ley 4547/37 estableció que ejercía “la superintendencia e inspección de toda institución pública o privada de corrección, asilo, patronato, educación, reforma o protección de menores de ambos sexos hasta 18 años de edad, material o moralmente abandonados, o autores de delitos y contravenciones, a objeto de la coordinación de la acción oficial y privada y del mejor aprovechamiento de todos los recursos destinados para ese fin”. El gobierno de la institución era ejercido por un Director General de Protección a la Infancia y por un Consejo asesor siendo ambos designados por el Poder Ejecutivo. En el mes de junio del año 1937 Manuel Fresco nombró a cargo del organismo a Juan Carlos Landó (Decreto 64), profesional que tenía importante trayectoria en la materia (Dubaniewicz 1997: 96).

La ley 4547/37  le asignó presupuesto a la Dirección fijando los porcentuales de diversos tributos provinciales y la facultó para recibir herencias, legados y donaciones. La norma autorizó la venta de los productos manufacturados o cosechados en las instituciones oficiales de infancia.

Entre las funciones de la Dirección se destacó la de dar ayuda social a los menores en  “precaria situación económica, perjudicial a su salud, su moral o su instrucción; el amparo de los huérfanos, desvalidos y de los que acusen un peligro moral”.

Intervenía judicialmente para garantizar el cumplimiento de la ley y era el organismo de control provincial de protección de la infancia abandonada, de la “transgresión de los deberes de la patria potestad, tutela o guarda” y también de todo lo referente al “trabajo de menores en fábricas, obrajes, labores de campo, trabajo a domicilio y servicio doméstico”.

La Dirección protegía a los egresados de las instituciones de menores y con ese objetivo bregaba por el efectivo derecho a que obtuvieran trabajo.

Uno de los aspectos destacados fue el impulso a la educación y a la inserción laboral de los jóvenes.  Con este fin, la institución tenía potestad para instalar “talleres e impartir instrucciones en relación con el régimen industrial o agrícola de los establecimientos”. Además intervenía en la organización de los planes de estudio de los establecimientos de menores “propendiendo a que la enseñanza sea principalmente moral, tendiendo a la formación del carácter y orientada en el aprendizaje de oficios y labores agrícolas; acompañada de los conocimientos necesarios al obrero industrial o rural”. La ley puntualizó que la Dirección expedía los certificados correspondientes a la escuela primaria y a los saberes en artes, oficios y en estudios técnico-prácticos y gestionaba el ingreso a instituciones de enseñanza superior o especializada.

Expansión de las instituciones de protección de la infancia

La ley 4547/37 le otorgó a la Dirección General de Protección a la Infancia de la Provincia de Buenos Aires la función de proyectar la ampliación de las instituciones de menores y de convenir con el Ministerio de Obras Públicas la edificación de nuevas construcciones y adquirió, entre otras cuestiones, la potestad de intervención en la aprobación de los planos.

En tan solo cuatro la gestión de Fresco creó 15 nuevos ámbitos yamplió y modernizó los dos existentes:

  1. Instituto Agustín B. Gambier (Abasto); (*)
  2. Instituto General Martin Rodríguez (Calderón F.C.S. de Bahía Blanca); (*)
  3. Reformatorio de Menores (La Plata);
  4. Sección Menores Mujeres (Olmos);
  5. Casa Infantil General San Martin (Berisso);
  6. Escuela de Artesanos Domingo Faustino Sarmientos (San Pedro);
  7. Casa Infantil Manuel Belgrano (Tolosa);
  8. Instituto Senador Antonio Azcona (Pehuajó);
  9. Casa Infantil Carmen Nóbrega de Avellaneda (Lanús);
  10. Instituto Tomás Espora (José Uriburu);
  11. Escuela Granja Bernardino Rivadavia (Circunvalación);
  12. Casa Infantil Carlos Pellegrini (Bernal);
  13. Instituto Gobernador Ugarte (Villa Elisa);
  14. Casa Infantil de Mar del Plata (Mar del Plata);
  15. Anexo Reformatorio de Menores (Calle 1 y 59 de La Plata);
  16. Instituto San Andrés de Giles (San Andrés de Giles);
  17. Casa Infantil Bartolomé Mitre (Partido de General San Martín).

(*) Institutos existentes al año 1936 y que fueron ampliados y/o refaccionados.

Como resultado de esta política el número de menores amparados directamente por el Estado aumentó de 450, en el año 1936, a 2190 en 1940 (Cuatro Años de Gobierno 1940, VI: 207). En1939 la Dirección protegía a 12.500 menores (Conversando con el Pueblo 1940, V 2: 135). 

También en 1936 el Instituto Agustín Gambier de La Plata era el establecimiento de mayor dimensión de la provincia. Allí la gobernación ensayó el sistema de “casas hogares”. Su ubicación en una zona rural permitió el desarrollo de labores agrícolas y ganaderas. Lo que producían allí era consumido en los institutos de menores bonaerenses y el excedente era comercializado. Se impartían clases de educación general y de formación física. Se promovió la enseñanza industrial y los jóvenes adquirieron un oficio e hicieron los muebles del instituto aportando con su trabajo al bienestar  general de la institución (Cuatro Años de Gobierno 1940, VI: 199-227-228).

Las Casas Infantiles

La Dirección General de Protección a la Infancia analizó científicamente el tipo de solicitudes de internación que recibía la provincia. De los informes ambientales surgía que en la mayoría de los casos se trataba de padres y de hogares que si bien estaban constituidos por familias con una precaria situación económica, no era oportuno que no se hicieran cargo de las obligaciones que “natural y legalmente les incumben con respecto a los hijos”.

En documentos oficiales de la gobernación se detalló que había problemas de conducta juvenil que no tenían que resolverse en la justicia o bajo esquemas de encierro. Para darle fuerza al argumento, se retomó la opinión de la educacionista norteamericana Grace Abbot que consideraba que solamente el 10 % de los casos de la delincuencia juvenil requerían internación y que el otro 90 % podrían ser amparados con otros sistemas de protección. A partir de estos estudios se llegó a la conclusión de que había que impulsar establecimientos de externado y “de esa forma nació la idea de crear las casas infantiles, comenzándose de inmediato un estudio de las características de las zonas más densamente pobladas de la Provincia, con preferencia los lugares que por su proximidad a los establecimientos fabriles están rodeadas de numerosas viviendas obreras” (Cuatro Años de Gobierno 1940, VI: 209).

Se crearon Casas Infantiles en Berisso, en Tolosa (La Plata), en Lanús (entonces municipio de Avellaneda), en Bernal (Quilmes), en San Martín y en Mar del Plata. Funcionaban como un institutos de protección y de formación de niños de ambos sexos en la franja de 4 a 12 años de edad, cuyos padres o tutores estaban en situación económica precaria y sus hijos pasaban muchas horas sin el amparo familiar necesario. Cada Instituto albergaba entre 100 a 130 niños que eran seleccionados en base a un informe ambiental riguroso.

Los niños recibían asistencia médica, odontológica y vacunación. Las revisaciones radiológicas permitieron identificar lesiones tuberculosas precoces[2], esto contribuyó a conocer y a resolver las deficiencias de vivienda y del régimen de vida propio del ámbito de los menores.

Las Casas Infantiles cumplían tareas de educación pre-escolar, de prevención y de orientación evitando que las conductas deriven en que los nenes sean separados de sus familias y de su medio social.

Los niños ingresaban a las 8, tomaban un desayuno, eran higienizados y los que tenían edad escolar eran llevados a la escuela. Al mediodía se servía un almuerzo y luego se realizaba una hora de descanso. Luego completaban sus tareas y el conjunto de ellos jugaba y hacía gimnasia.

Después de cuatro años de gestión la gobernación analizó los resultados publicados en los informes preliminares de la Dirección General de Protección a la Infancia. El estudio dio cuenta de que los niños aumentaron de peso y se constataron mejoras de las condiciones físicas y psíquicas de los menores amparados (Cuatro Años de Gobierno 1940, VI: 210).

Comedores Escolares

El Poder Ejecutivo implementó un programa de comedores escolares justificado en que “el problema de la nutrición es de capital importancia, como que por ser el niño un organismo en formación, cuyo natural desarrollo le reclama un fuerte consumo de energías vitales, la carencia de una alimentación adecuada le expone a graves trastornos, tanto en el orden físico como en el intelectual. Se ha comprobado por los tratadistas así como por la experiencia en las aulas, que el poco aprovechamiento en los estudios, excepción hecha de casos congénitos, se debe o a la falta de alimentación suficiente o a regímenes dietéticos mal combinados aunque exuberantes” (Cuatro Años de Gobierno 1940, VII: 107).

El gobierno creó la Dirección General de Comedores Escolares e instaló en cuatro años 53 de estos espacios en diversos establecimientos de la provincia. En noviembre del año 1937 Fresco destacó que “El cuidado de la niñez desvalida es para mí algo más que un deber de gobernante: es una perentoria obligación de humanidad y patriotismo que he de cumplir con fervor y con verdadera pasión, pues en el cuidado de las legiones infantiles radica el porvenir y el destino de los pueblos civilizados de la tierra” (Conversando con el Pueblo 1940, V 1: 368-369). 

Además de comedores escolares, la provincia expandió los “servicios de la copa de leche, la miga de pan, el desayuno y la merienda, sostenidos por las cooperadoras escolares, o las Municipalidades o Comisiones de Vecinos y Asociaciones de Fomento” (Cuatro Años de Gobierno 1940, VII: 111).

Colonias de Vacaciones

“El gobierno considera indispensable instalar colonias para niños débiles, porque entiende que los escolares de la provincia de Buenos Aires que no disponen de otros medios, deben fortalecer sus cuerpos, recuperar su salud y gozar de la alegría de las playas mediante la ayuda del Estado”. Manuel Fresco, noviembre de 1936.

“Los alumnos que han pasado por las colonias de vacaciones, pues ya de regreso a las aulas acreditan una señalada mejora en su ánimo y en sus disposiciones adquiridas. Es que ha llegado hasta esos niños, imposibilitados por los recursos paternos para beneficiarse como los de situación holgada, esa alegría de vivir que transmite la naturaleza física al poner en contacto a los seres  con el encanto de las playas, de las sierras, de los espacios amplios, del aire respirado a pleno pulmón y del cielo contemplado en la luminosa extensión de su celeste bóveda (…) La felicidad estuvo frente a ellos para seguir quedándose entre ellos. Nadie tiene derecho a negarles esta satisfacción”. Gobierno de la Provincia, año 1940

El gobierno de la provincia implementó un esquema de Colonias de Vacaciones en el mar, la sierra y el llano bonaerense. Las financió con aportes del presupuesto de la gobernación y con el apoyo de asociaciones de la comunidad, de las municipalidades y de las cooperadoras escolares.

El Cuerpo Médico Escolar seleccionaba a los jóvenes que ingresaban a las Colonias y con este fin dispuso del accionar de los visitadores de higiene y de los médicos escolares de distrito y de zona. El mismo organismo tuvo a cargo la dirección, la organización y la vigilancia de las colonias que fueron administradas con personal docente, mucamas, roperas, visitadoras de higiene, médicos y dentistas.

Los jóvenes recibieron un régimen alimentario especial atendiendo criterios científicos nutricionales. Según información oficial, como resultado de la vida en las Colonias de Vacaciones se produjo un aumento de peso considerable entre los nenes y una mejora corporal que era consecuencia de la actividad física.

Se tuvo particularmente en cuenta el “método de vida a seguirse, distribuyendo en cada caso, horarios para los distintos momentos del día y de la noche, adoptando las prescripciones apropiadas para la higiene personal y colectiva, como seleccionado la clase de ejercicios físicos más en consonancia con el ambiente y la naturaleza de los colonos”  (Cuatro Años de Gobierno 1940, VII: 116).

Se crearon las siguientes Colonias de vacaciones:

a- Costa bonaerense: Balneario de la costa del Río de La Plata de Punta Lara en la Ciudad de La Plata; Balnearios en la Costa Atlántica de Mar del Plata, Necochea y Miramar; y Balneario del Río Paraná en Baradero.

b- Llano bonaerense: San Nicolás, Guaminí, Avellaneda, Quilmes, Lomas de Zamora, San Isidro, Mercedes, San Martín y San Antonio de Areco.

c- Sierra bonaerense: Sierra de la Ventana y Tandil.

La educación física en la provincia

“El deporte seriamente organizado, los ejercicios gimnásticos y rítmicos, de los cuales no debe estar ausente la música, favorecen el desarrollo de los mejores instintos del alma, la salud y la eficiencia del cuerpo, la jerarquía y la armonía entre el espíritu y la materia, necesarias para que la personalidad humana logre su plenario desenvolvimiento”. Manuel Fresco, mayo de 1938

La Provincia de Buenos Aires fue la primera en proyectar oficialmente la educación física en las escuelas del país. Con este fin sancionó el decreto 229 del 21 de julio de 1936 y posteriormente lo ratificó cola ley 4653 creando la Dirección de Educación Física y Cultura (Cuatro Años de Gobierno 1940, VII).

Un paso fundamental en este proceso, fue la decisión del Consejo Superior de Educación del día 15 de junio de 1937 que estableció la implantación de la enseñanza metodizada en las escuelas.

El decreto 229/36 reconoció entre sus considerandos que «la enseñanza y la práctica de una enseñanza metódica y racional, completadas con los juegos al aire libre, dejan huellas en el desarrollo del conjunto de las aptitudes biológicas que deben ser estimuladas y aprovechadas por la escuela, en la edad que precisamente en que se imprime a los jóvenes normas morales y espirituales (…) la educación física no puede ser un agente aislado en el proceso evolutivo del niño”.

Se crearon 110 distrititos de Educación Física y Cultura en cada ciudad cabecera de partido. La Dirección estaba a cargo de un presidente y seis asesores nombrados por el Poder Ejecutivo. En cada distrito se conformarían comisiones de siete miembros. Estos últimos nombrarían la Corporación Auxiliar de Educación Física y cultura en cada pueblo.  Los cargos eran ad-honorem.

La Dirección de Educación Física y Cultura tenía entre sus fines los de dictar clases prácticas de ejercicio físico a niños y jóvenes aplicando métodos científicos, promover juegos al aire libre y excursiones vecinales, impulsar exhibiciones gimnasticas y desarrollar la obra social en las escuelas como complemento de las cooperadoras. Se proponía hacer de los estadios deportivos centros de educación y elevar el nivel social de los habitantes a partir de acciones culturales y promover bibliotecas populares. La Dirección asumía las funciones de “intensificar el sentimiento nacionalista exaltando las tradiciones de la patria, cultivando la fe en sus grandes destinos, divulgando la vida ejemplar de sus héroes” y la de cooperar en las fiestas patrias. Para cumplir su tarea se formarían gabinetes de antropometría para seguir “las alternativas de la salud y del desarrollo físico de los niños y jóvenes”.

El decreto 229 incluyó una política de construcción y de conservación de locales y de campos de deportes. La norma detalló las características de los mismos que incluirían canchas y espacios para el ejercicio de distintos deportes (futbol, básquet, pelota al cesto y pelota voladora, natación, atletismo, polígonos de tiro, entre otros). Se construirían vestuarios y comedores. Un tema a destacar es que los campos de deportes tendrían funciones culturales y educativas y se crearían allí espacios de lectura y bibliotecas, salas de reuniones, de  juegos y de conferencias y aulas para enseñanza de materias especiales (dibujo, taquigrafía, etc.-). Todos los campos de deportes tendrían una sala medico odontológica. Estas instalaciones podrían ser utilizadas dentro y fuera del horario de la clase.

La Dirección General de Educación Física y Cultura implementó una activa campaña de capacitación del personal en toda la provincia.

En cuatro años se realizaron un número importante de actividades deportivas dentro y fuera de los establecimientos escolares. La primera exhibición gimnástica bonaerense movilizó 5000 estudiantes y según informes oficiales “nunca en el país había sido dable presenciar espectáculo de esta magnitud, cuyo mérito cobra mayor relieve, si se tiene en cuenta que fue realizado a pocos meses de crearse la Repartición especializada” (Cuatro Años de Gobierno 1940, VII: 163). En mayo de1938 Fresco destacó que en las exhibiciones gimnásticas públicas habían participado más de 45 mil alumnos y en celebraciones y actos patrióticos desfilaron otros 330 mil (Conversando con el Pueblo 1940, V 1: 404).  

La Dirección de Educación Física y Cultura impulsó desfiles, exhibiciones y juegos infantiles. Dentro de las escuelas el número de jóvenes que recibieron clases de gimnasia y recreación aumentaron de 168 mil en 1937 a 416 mil en 1939  (Cuatro Años de Gobierno 1940, VII: 168).

Entre 1937 y 1938 se realizaron 373 torneos deportivos infantiles en los 110 distritos de la provincia. Los torneos organizados por la provincia y que fueron oficializados por las federaciones de tenis, natación, basket, ciclismo, atletismo y box movilizaron a más de 13 mil participantes (Cuatro Años de Gobierno 1940, VII: 185-222). 

Clubes de niños

La Dirección de Educación Física y Cultura creó los Clubes de Niños con estudiantes de 5º y 6º grado. Allí desarrollaban educación física escolar orientada a la recreación, gimnasia e iniciación deportiva cumpliendo una “obra social de enorme trascendencia, ya que los fines principales de estas agrupaciones, además de los juegos al aire libre, simples y deportivos, son los de encaminar a los integrantes de ellas, física, moral y socialmente”. En1939 ya había 777 Clubes con 25.656 socios concurrentes  (Cuatro Años de Gobierno 1940, VII: 224). 

Tribunales de Menores

La ley 4664/37 creó los Tribunales de Menores a cargo de jueces letrados. Se instalaron en cada ciudad cabeza de Departamento judicial.

Entre otros agentes a cargo, los tribunales debían incluir un médico especializado en psicología y visitadores especializados. Entre estos últimos, al menos una tenía que ser mujer. 

Los Tribunales de Menores intervenían en casos de delitos cometidos por menores de 18 años. Además, tenían competencias para actuar cuando se pusiera en juego la salud de los menores por inconductas de padres o tutores, cuando los menores se encontraran en condiciones de orfandad y abandono y en los casos en que los padres o tutores le requieran al Estado apoyo para educar o corregir al menor.  

Las denuncias podrían hacerse frente a los Tribunales de Menores, en la policía o en la Dirección General de Protección a la Infancia tal cual lo estableció la ley 4547/37. La Dirección era “auxiliar natural” de los Tribunales de menores y bajo su órbita se colocó la Defensoría General de Menores.

La ley 4664/37 reguló los procedimientos de actuación preservando los derechos de los menores. Se incluyeron exámenes médicos psicológicos obligatorios tanto para el imputado como para su familia. Los jóvenes bajo proceso que no accedían a la liberad provisoria o aquellos con sentencia, permanecerían en espacios dependientes de la Dirección General de Protección a la Infancia.

Se prohibió que la prensa publicara a menores como autores, cómplices o víctimas de delitos. Se fijaron multas y arrestos para los padres o tutores que tuvieran malos tratos o acciones negligentes graves y continuadas contra sus hijos. 

*Aritz Recalde es sociólogo y Doctor en Comunicación, docente investigador UNLa y Director del Departamento de Humanidades y Artes de la Universidad.


[1] Según Alberto Vitullo la provincia fue el primer gobierno argentino que estructuró científicamente la “función protectora del estado con relación a la niñez” en sintonía con el espíritu de la Ley Nacional 10.903/1919. Esta última normativa modificó los Códigos Civil y Comercial y reguló el Patronato de Menores (Vitullo 1941: 187).

[2] La gobernación implementó una política activa para enfrentar la tuberculosis modernizando la infraestructura en la materia en los Consejos de Higiene creados durante la etapa. Para atender a la infancia se ampliaron las instalaciones del Hospital de Niños de La Plata.   

Bibliografía citada

Cuatro Años de Gobierno (1940) Policía, trafico, comisión de  aviación, telégrafo, redifusión, registro general y censo permanente, protección a la infancia, Provincia de Buenos Aires, volumen VI. (1940)  Escuelas, colonias de vacaciones, educación física y cultura, Provincia de Buenos Aires, volumen VII.

Dubaniewicz Ana María (1997) Abandono de menores, historia problemática de las instituciones de protección, Buenos Aires.

Fresco Manuel (1940) Conversando con el Pueblo, compilado por Luis Balesta, Buenos Aires. T 1 y 2. 

Vitullo Alberto  (1941) Estatismo de la hora, Guillermo Kraft, Buenos Aires.

Aritz Recalde*

Deja una respuesta